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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Comisiones Mixtas de Transferencias.

Disposición transitoria segunda de la Ley 13/2003, de 24 de marzo, de Creación de la Comarca del Jiloca. · BOE-A-2003-8227

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

Texto consolidado

En el plazo de un mes tras la constitución del Consejo Comarcal, se constituirá una Comisión Mixta de Transferencias entre la Comarca del Jiloca y la Comunidad Autónoma de Aragón. La naturaleza, funciones, composición y funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias entre la Comarca del Jiloca y la Comunidad Autónoma de Aragón se regularán por lo establecido en el Capítulo I del Título II de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización. Asimismo, en igual plazo, se constituirá la Comisión de Transferencias entre la Diputación Provincial de Teruel y la Comarca del Jiloca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

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