Disposición transitoria segunda. Resolución de recursos pendientes.
Disposición transitoria segunda de la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura. · BOE-A-2003-1813
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-29.
Texto consolidado
Los recursos interpuestos contra actos y resoluciones de los Colegios Profesionales con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley seguirán tramitándose con arreglo a la normativa vigente en el momento de la interposición.