Disposición transitoria segunda. Contratos sometidos a la relación laboral especial de alta dirección suscritos con anterioridad a la publicación de esta Ley.
Disposición transitoria segunda de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2014-2383
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-05-21.
Texto consolidado
Los contratos sometidos a la relación laboral especial de alta dirección suscritos con anterioridad a la publicación de la presente ley se regirán por la normativa que estuviera en vigor en aquel momento, sin perjuicio de que les sea de aplicación esta ley una vez expirado el plazo de dos años previsto en el inciso tercero de la disposición final novena de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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