Disposición transitoria. Libros-Registro abiertos.
Disposición transitoria de la Resolución de 16 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban los modelos oficiales de los Libros-Registro que se establecen en el Reglamento de Seguridad Privada. · BOE-A-1998-28505
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-11.
Texto consolidado
Se podrán utilizar los Libros-Registro que estuvieran abiertos hasta que transcurra el plazo de un año, a partir de la entrada en vigor de esta Resolución. Finalizado dicho plazo, los Libros-Registro deberán ser sustituidos por los nuevos modelos aprobados.