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Real Decreto-ley Vigente

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta del Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de viviendas de protección oficial. · BOE-A-1978-27765

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-11-28.

Texto consolidado

Las viviendas calificadas definitivamente con arreglo a cualquiera de los regímenes anteriores a este Real Decreto-ley, se someterán al régimen de uso, conservación, aprovechamiento y al sancionador establecido en este Real Decreto-ley, sin otra excepción que el plazo de duración de dichos regímenes que será establecido en las respectivas calificaciones.

Igualmente, estas viviendas gozarán de los beneficios tributarios que les correspondan con arreglo a su calificación definitiva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1978-11-28.

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