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Real Decreto Legislativo Vigente

Disposición transitoria quinta. Procedimientos en tramitación.

Disposición transitoria quinta del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. · BOE-A-2004-4163

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-09.

Texto consolidado

1. A los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley 48/2002, de 23 de diciembre, del Catastro Inmobiliario, ésta no les será de aplicación, ni tampoco esta ley, rigiéndose por la normativa anterior.

2. Los procedimientos de rectificación general de las características catastrales de los bienes inmuebles de naturaleza rústica iniciados y no finalizados a la entrada en vigor de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, se regirán por lo establecido en la disposición adicional única de esta ley, incluido el plazo máximo de 18 meses para la resolución del procedimiento, si bien éste comenzará a contarse a partir del 1 de enero de 2002.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-03-09.

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