Disposición transitoria quinta. Reglamentos particulares de practicaje.
Disposición transitoria quinta del Real Decreto 393/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de Practicaje, de conformidad con lo establecido en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. · BOE-A-1996-6171
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-04-05.
Texto consolidado
En tanto no se dicten las disposiciones específicas en aplicación de lo dispuesto en este Reglamento, continuarán vigentes las actuales regulaciones del servicio portuario de practicaje particulares de cada puerto, en cuanto no se opongan a aquél.
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