Disposición transitoria quinta. Documento de Identidad del Marino y Libreta de Navegación Marítima.
Disposición transitoria quinta del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante. · BOE-A-2022-6047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-13.
Texto consolidado
Hasta su regulación por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con las disposiciones adicionales sexta y séptima, continuaran expidiéndose el Documento de Identidad del Marino y la Libreta Marítima conforme a la normativa vigente.
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