Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de las decisiones conjuntas entre supervisores de la Unión Europea.
Disposición transitoria quinta del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras. · BOE-A-2008-2823
Atención: Real Decreto 216/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En aplicación del Derecho de la Unión Europea, hasta el 31 de diciembre de 2012, el plazo a que hace referencia el apartado 2bis del artículo décimo bis, de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, será de seis meses.
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