Disposición transitoria quinta. Utilización del registro por determinados centros del Ministerio de Economía y Competitividad.
Disposición transitoria quinta de la Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se crea y se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. · BOE-A-2013-3701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-09.
Texto consolidado
Los centros y organismos del Ministerio de Economía y Competitividad anteriormente pertenecientes al extinto Ministerio de Economía y Hacienda que vinieran utilizando el Registro regulado en la Orden EHA/1198/2010, de 4 de mayo, que reguló el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Hacienda, podrán hacer uso del Registro creado por la presente orden en tanto no se modifiquen las normas relativas al registro electrónico que les sean de aplicación en razón a su actual adscripción departamental