El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Disposición transitoria quinta. Declaración informativa y declaración tributaria del Impuesto Complementario correspondientes al período impositivo de transición.

Disposición transitoria quinta de la Ley Foral 18/2025, de 22 de diciembre, del impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud. · BOE-A-2026-3911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

1. No obstante lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 47, la declaración informativa sobre el impuesto complementario y las comunicaciones a que se refiere dicho artículo se presentarán ante la Administración tributaria hasta el último día del decimoctavo mes posterior a la conclusión del primer período impositivo en el que un grupo multinacional o nacional de gran magnitud entra por primera vez en el ámbito de aplicación de un impuesto complementario de conformidad con una regla de inclusión de rentas admisible o de una regla de beneficios insuficientemente gravados admisible.

2. La declaración tributaria a que se refiere el artículo 50 deberá presentarse en el plazo de los 25 días naturales siguientes al decimoctavo mes posterior a la conclusión del primer período impositivo en el que un grupo multinacional o nacional de gran magnitud entra por primera vez en el ámbito de aplicación de un impuesto complementario de conformidad con una regla de inclusión de rentas admisible o de una regla de beneficios insuficientemente gravados admisible.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Más artículos de Ley Foral 18/2025

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 18/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.