Disposición transitoria quinta. Cese del uso de la denominación de museo o colección museográfica.
Disposición transitoria quinta de la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía. · BOE-A-2007-18779
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-07.
Texto consolidado
Transcurridos los plazos establecidos en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera y en el apartado 1 de la disposición transitoria cuarta, sin que hubieran sido reconocidos como museo o colección museográfica los museos y establecimientos a que se refieren dichas disposiciones, sus titulares no podrán hacer uso en ninguna forma de las denominaciones de museo o colección museográfica, o palabras derivadas, por sí solas o asociadas con otras palabras.
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