Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio del Servicio Central de Información de Riesgos del Banco de España.
Disposición transitoria quinta de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. · BOE-A-2002-22807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-24.
Texto consolidado
En tanto no se aprueben las disposiciones de desarrollo del capítulo VI de la presente Ley, que entrará en vigor con arreglo a lo establecido en la disposición final tercera de la misma, continuarán en vigor las disposiciones dictadas en desarrollo del artículo decimosexto del Decreto-ley 18/1962, de 7 de junio, de Nacionalización y Reorganización del Banco de España, siempre que no se opongan a aquéllas.
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