Disposición transitoria quinta. Renovación de los miembros del Consejo de Política Local.
Disposición transitoria quinta de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura. · BOE-A-2019-1938
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-29.
Texto consolidado
Tras la celebración de las elecciones autonómicas y locales, así como a partir de la renovación de los cargos públicos representativos o ejecutivos de la Junta de Extremadura, se procederá a abrir el proceso de designación y el nombramiento de los nuevos miembros. En todo caso, la renovación de los miembros de la institución deberá realizarse como máximo, ocho meses después de la celebración de las respectivas elecciones.
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