Disposición transitoria quinta. Planes directores sectoriales de canteras.
Disposición transitoria quinta de la Ley 10/2014, de 1 de octubre, de ordenación minera de las Illes Balears. · BOE-A-2014-11171
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-10.
Texto consolidado
Los consejos insulares aprobarán sus correspondientes planes directores sectoriales de canteras en el plazo máximo de 24 meses desde la publicación de esta ley. En ellos se establecerán las zonas de recursos mineros que substituirán lo que se dispone en el anexo 8 del Plan director sectorial de canteras de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 65/1999, de 28 de mayo.