Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de subvenciones del fondo local.
Disposición transitoria quinta de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa. · BOE-A-2021-4247
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-23.
Texto consolidado
Los órganos gestores que viniesen tramitando subvenciones de conformidad con la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, deberán aprobar las correspondientes bases reguladoras específicas para cada materia en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley. Durante dicho plazo o hasta la aprobación de dichas bases reguladoras específicas, si fuere anterior, resultará de aplicación la citada orden que quedará derogada, en todo caso, conforme a lo establecido en la disposición derogatoria única de esta ley.