Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas. · BOE-A-1969-689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-06-23.
Texto consolidado
Una vez aprobados los presentes Estatutos, quedará constituido el Colegio, siendo regido por la Junta de gobierno provisional a que se refiere el artículo 11 del Decreto 693/1968, de 1 de abril.