Disposición transitoria primera. Mesa Nacional de Subastas y Mesas Regionales de Enajenación.
Disposición transitoria primera de la Resolución de 27 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el área de recaudación. · BOE-A-2023-12914
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-02.
Texto consolidado
La Mesa Nacional de Subastas ejercerá las competencias reconocidas en la presente resolución respecto de los procedimientos de enajenación que se hayan iniciado a partir del 1 de marzo de 2021, correspondiendo a las Mesas Regionales de Enajenación ejercerlas en relación con los procedimientos de enajenación iniciados con anterioridad a dicha fecha.
A estos efectos, se entenderá iniciado el procedimiento de enajenación con la emisión del acuerdo de enajenación.
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