Disposición transitoria primera. Solicitudes en curso.
Disposición transitoria primera de la Resolución de 19 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece el procedimiento de gestión de conexiones de plantas de generación de biometano con la red de transporte o distribución. · BOE-A-2024-8702
Atención: BOE-A-2024-8702 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Este procedimiento no será de aplicación a las solicitudes de conexión presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del mismo, que deberán continuar con su tramitación conforme al plazo y contenido dispuestos en el artículo 12 bis del Real Decreto 1434/2002, respetando el orden cronológico.
Más artículos de BOE-A-2024-8702
- ← Décimo. Obligaciones de información a la CNMC.
- → Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio.
- Ver la norma completa: Resolución de 19 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece el procedimiento de gestión de conexiones de plantas de generación de biometano con la red de transporte o distribución.