Disposición transitoria primera. Vigencia de determinadas normas.
Disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. · BOE-A-2011-16173
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-15.
Texto consolidado
El Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, permanecerá vigente en lo que no se oponga a lo previsto en el presente real decreto-ley hasta que el Gobierno apruebe la correspondiente norma de desarrollo del mismo.
Asimismo, permanecen vigentes la Orden ECO/318/2002, de 14 de febrero, la Orden ECO/2801/2003, de 3 de octubre y la Orden EHA/3515/2009, de 29 de diciembre.
Las referencias a los fondos disueltos previstas en la normativa vigente se entenderán realizadas al nuevo Fondo y las referencias a las respectivas comisiones gestoras se entenderán realizadas a la nueva Comisión Gestora del Fondo.