Disposición transitoria primera. Excepción temporal al sistema de provisión de puestos de Inspectores de servicio.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2005-12178
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.
Texto consolidado
Durante un plazo máximo de tres años a partir de la publicación de este real decreto, con carácter excepcional y por causas justificadas, podrá convocarse la provisión de puestos de trabajo de inspector de servicios de las inspecciones generales sin que se requiera la acreditación a que hace referencia el primer inciso del artículo 15.2.d). Los ocupantes de dichas plazas quedarán obligados a participar en el primer curso selectivo sobre el desarrollo de la función inspectora que se convoque con posterioridad a su nombramiento.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales.