Disposición transitoria primera. Amortización de los elementos usados.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. · BOE-A-2015-7771
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-12.
Texto consolidado
Los elementos patrimoniales adquiridos usados, que se estuvieren amortizando con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, continuarán amortizándose de acuerdo con las normas vigentes con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley.
Más artículos de Real Decreto 634/2015
- ← Disposición adicional única. Concepto de entidad patrimonial en períodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 d…
- → Disposición transitoria segunda. Riesgo de crédito en entidades financieras.
- Ver la norma completa: Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.