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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. · BOE-A-2007-7573

Atención: Real Decreto 395/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los procedimientos de concesión de subvenciones en materia de formación ocupacional y continua iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la normativa de desarrollo de este real decreto se regirán por la normativa anterior que les sea de aplicación. Los procedimientos se entenderán iniciados con la publicación de las correspondientes convocatorias.

2. La formación de demanda que se inicie a partir del 1 de enero de 2007 se regirá por lo dispuesto en este real decreto y en la normativa que lo desarrolle.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-12.

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