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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los mataderos.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza. · BOE-A-2014-1054

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-02-02.

Texto consolidado

No obstante lo establecido en la disposición derogatoria única, hasta el 8 de diciembre de 2019, se seguirá aplicando, a los mataderos que ya estuvieran en funcionamiento antes del 1 de enero de 2013, lo dispuesto en el Anexo A, parte I apartado 1, y parte II apartados 1, 6, 7, 8, 9 y segunda frase del apartado 3; y en el anexo C, parte II, apartados 3 y 4 del Real Decreto 54/1995, de 20 de enero, sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-02-02.

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