Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil. · BOE-A-1997-5634
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-03-16.
Texto consolidado
El actual despliegue de la Guardia Civil se adaptará a lo establecido en el presente Real Decreto en el plazo máximo de un año, desde la fecha de su entrada en vigor.