Disposición transitoria primera. Mantenimiento de las funciones de la Confederación Hidrográfica del Norte en su ámbito territorial actual.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 266/2008, de 22 de febrero, por el que se modifica la Confederación Hidrográfica del Norte y se divide en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y en la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. · BOE-A-2008-4728
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-13.
Texto consolidado
Hasta la entrada en funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y cooperación de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y del Cantábrico en la fecha prevista en la disposición final segunda, la actual Confederación Hidrográfica del Norte seguirá ejerciendo las funciones en el ámbito territorial que le correspondía hasta la entrada en vigor de este real decreto.
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