Disposición adicional cuarta. Redenominación de las Demarcaciones Hidrográficas.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 266/2008, de 22 de febrero, por el que se modifica la Confederación Hidrográfica del Norte y se divide en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y en la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. · BOE-A-2008-4728
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-13.
Texto consolidado
El territorio español de las Demarcaciones Hidrográficas del Miño-Limia y Norte, definidas en el artículo 3.1 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas, pasarán a denominarse territorio español de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil y del Cantábrico, respectivamente.
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