Disposición transitoria primera. Régimen transitorio aplicable a las unidades y puestos de trabajo suprimidos del extinto Ministerio de Justicia.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal. · BOE-A-2024-3790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-28.
Texto consolidado
1. Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior al de subdirección general procedentes del extinto Ministerio de Justicia se adscribirán provisionalmente, mediante resolución de la persona titular de la Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y hasta que entre en vigor la nueva relación de puestos de trabajo, a los nuevos órganos regulados en este real decreto, en función de las atribuciones que estos tienen asignados.
2. Por resolución conjunta de las Subsecretarías de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y de Vivienda y Agenda Urbana se arbitrarán las medidas precisas para distribuir, con arreglo a los criterios de proporcionalidad que resulten de aplicación, las unidades y puestos de trabajo inferiores a subdirección general adscritos a los órganos de los servicios comunes procedentes del extinto Ministerio de Justicia.
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