Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. · BOE-A-1993-29581
Atención: Real Decreto 1942/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A los aparatos, equipos o sistemas ya instalados o en proyecto de instalación, con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, únicamente les será de aplicación aquellas materias relativas a su mantenimiento.