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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria primera. Caducidad de autorización.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor. · BOE-A-2003-20838

Atención: Real Decreto 1376/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los establecimientos actualmente autorizados conforme a la normativa anterior deberán cumplir los requisitos previstos en este real decreto en un plazo de 12 meses desde su entrada en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-11-15.

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