Disposición transitoria primera. Ingresos no tributarios de contraído previo.
Disposición transitoria primera de la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, por la que se regula un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depósitos y sus sucursales. · BOE-A-2003-23945
Atención: Orden PRE/3662/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Aquellos ingresos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Orden y que, al ser objeto de contraído previo, vienen recaudándose por el sistema de entidades colaboradoras en el momento de la entrada en vigor de esta Orden, seguirán ingresándose de acuerdo con su procedimiento actual hasta que la Intervención General de la Administración del Estado introduzca las reformas necesarias para su recaudación en los términos establecidos en esta Orden.
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