Disposición transitoria primera. Sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
Disposición transitoria primera de la Orden IET/1752/2014, de 26 de septiembre, por la que se establece el calendario correspondiente a la temporada eléctrica y se modifican en consecuencia determinados aspectos relativos al servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. · BOE-A-2014-9867
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-30.
Texto consolidado
En virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, lo dispuesto en el artículo 3 de la presente orden no resultará de aplicación a los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares hasta que no se desarrolle lo dispuesto en la disposición adicional primera de la mencionada Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre.
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