Disposición transitoria primera. Adscripción provisional.
Disposición transitoria primera de la Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de Integración de Servicios Periféricos y de Estructura de las Delegaciones del Gobierno. · BOE-A-1997-23884
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-08.
Texto consolidado
La adscripción provisional que debe realizar el Subsecretario de Administraciones Públicas de acuerdo con el apartado 6 de la disposición transitoria primera del Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, se realizará teniendo en cuenta también las dependencias y oficinas reguladas en la presente Orden.
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