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Ley Orgánica Vigente

Disposición transitoria primera. Legislación aplicable.

Disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. · BOE-A-2010-9953

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-23.

Texto consolidado

1. Los delitos y faltas cometidos hasta el día de la entrada en vigor de esta Ley se juzgarán conforme a la legislación penal vigente en el momento de su comisión. No obstante lo anterior, se aplicará esta Ley, una vez que entre en vigor, si las disposiciones de la misma son más favorables para el reo, aunque los hechos hubieran sido cometidos con anterioridad a su entrada en vigor.

2. Para la determinación de cuál sea la ley más favorable se tendrá en cuenta la pena que correspondería al hecho enjuiciado con la aplicación de las normas completas del Código actual y de la reforma contenida en esta Ley.

3. En todo caso, será oído el reo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-23.

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