Disposición transitoria primera. Adaptación a lo dispuesto en esta Ley Foral.
Disposición transitoria primera de la Ley Foral 5/2010, de 6 de abril, de accesibilidad universal y diseño para todas las personas. · BOE-A-2010-8390
Atención: Ley Foral 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los planes, normas, ordenanzas y otras disposiciones de las Administraciones Públicas de Navarra vigentes a la entrada en vigor de esta Ley Foral deberán adaptarse a lo regulado por la presente Ley Foral.