Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
Disposición transitoria primera de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra. · BOE-A-2007-8581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-24.
Texto consolidado
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley Foral se regirán por lo dispuesto en la normativa anterior.