Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
Disposición transitoria primera de la Ley 7/2011, de 1 de abril, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-7331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
Los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana adaptarán sus estatutos, reglamentos internos, así como su estructura, organización y funcionamiento a las prescripciones de esta ley en el plazo máximo de dos años contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley.