Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-2001-428
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-25.
Texto consolidado
Durante el primer año desde la entrada en vigor de la Ley no será exigible la certificación de la Comisión Local de Pastos prevista en el artículo 4.4, párrafo segundo.