Disposición transitoria primera. Caducidad de las licencias ambientales vigentes.
Disposición transitoria primera de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2017-5831
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-01.
Texto consolidado
Se producirá la caducidad de las licencias ambientales vigentes de aquellas actividades, instalaciones o proyectos que desde la entrada en vigor de esta ley cesen temporalmente su actividad por plazo superior a dos años, previo trámite de audiencia al interesado en su caso.