Disposición transitoria primera. Adaptación al contenido de la norma.
Disposición transitoria primera de la Ley 6/2017, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-988
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-22.
Texto consolidado
Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha y el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha adaptarán al contenido de esta Ley sus actuales reglamentos de régimen interior en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la misma, que deberán ser aprobados por la administración tutelar.