Disposición transitoria primera. Procedimientos sancionadores y disciplinarios anteriores a la entrada en vigor.
Disposición transitoria primera de la Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte. · BOE-A-2022-11961
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-08.
Texto consolidado
Las infracciones cometidas antes de la entrada en vigor de esta ley se regirán por lo dispuesto en la normativa anterior. Las que se cometan a partir del día de su entrada en vigor se regirán por la presente ley. Los procedimientos sancionadores y disciplinarios que hayan sido iniciados antes de la entrada en vigor de esta ley se regirán por la normativa anterior.