Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 5/2005, de 1 de junio, de los sistemas de protección de la calidad agroalimentaria. · BOE-A-2005-10459
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-08.
Texto consolidado
Las figuras de calidad que hubieran sido reconocidas en base a los Reglamentos 2.092/91, 2.081/92 y 2.082/92 con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, dispondrán de un período de 1 año para adaptar su estructura y funcionamiento a lo establecido en ella.