Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Consejo de Dirección.
Disposición transitoria primera de la Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears. · BOE-A-2003-9336
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-09-01.
Texto consolidado
Hasta que las fundaciones públicas sanitarias y la entidad de derecho público Gestión Sanitaria de Mallorca (GESMA) se integren en el Servicio de Salud de las Illes Balears, habrá un representante de cada una de ellas en el Consejo de Dirección
Se añade por la disposición final 2.4 del Decreto-ley 10/2012, de 31 de agosto. Ref. BOIB-i-2012-90041
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-90041.