Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 5/1998, de 3 de agosto, de Creación de la Universidad Politécnica de Cartagena. · BOE-A-1999-4974
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-08-08.
Texto consolidado
A fin de garantizar el normal funcionamiento de la Universidad Politécnica de Cartagena durante su primer curso académico, se autoriza a todos los organismos implicados en las actividades académicas de las Universidades públicas de la Región de Murcia a que, recurriendo al procedimiento de urgencia si fuese oportuno y en los términos que establezcan las normas correspondientes, faciliten los trámites necesarios para la puesta en marcha de la Universidad Politécnica de Cartagena.