Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 5/1998, de 3 de agosto, de Creación de la Universidad Politécnica de Cartagena. · BOE-A-1999-4974
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-08-08.
Texto consolidado
Se crea el Consejo Asesor de Planificación Estratégica de la Universidad Politécnica de Cartagena. Integrado por un máximo de diez miembros, tendrá como Vocales natos al Rector-Presidente de la Universidad, al Presidente del Consejo de Participación Social y a los Rectores de las otras Universidades Politécnicas del Estado. El resto de los miembros será nombrado por el titular de la Consejería de Cultura y Educación. Este Consejo establecerá sus propias normas de funcionamiento y desarrollará su labor hasta la elección del claustro constituyente. Sus funciones serán las de asesorar en la proyección y desarrollo de la Universidad en aquellas cuestiones que le sean planteadas por la misma.