Disposición transitoria primera. Subrogación de los municipios adheridos a la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía. · BOE-A-2026-422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-23.
Texto consolidado
Los municipios adheridos a la iniciativa andaluza Red de Ciudades Industriales a la fecha de la entrada en vigor de la presente ley dispondrán de un plazo de doce meses para adaptarse a las determinaciones recogidas en la presente ley y ponerlo en conocimiento de la Consejería competente en materia de industria, sin que en tal caso sea preciso el inicio del procedimiento de adhesión contemplado en el artículo 39 de esta ley. En caso contrario, estos municipios perderán de manera automática la condición de Ciudad Industrial.