Disposición transitoria primera. Resoluciones judiciales recurribles antes de la entrada en vigor de la ley.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/2022, de 19 de mayo, del Recurso de Casación Civil Vasco. · BOE-A-2022-9851
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-21.
Texto consolidado
Serán recurribles en casación, con arreglo a lo dispuesto en la presente ley, las resoluciones judiciales que, dictadas antes de su entrada en vigor, se encuentren en tiempo hábil de ser recurridas.