Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares. · BOE-A-1987-11091
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-21.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de Canarias deberá constituirse en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.