Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/1986, de 25 de junio, de Entidades Canarias en el Exterior y del Consejo Canario de Entidades en el Exterior. · BOE-A-1986-23553
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-07-20.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias, en el plazo de cuatro meses, desarrollará las normas de procedimiento para la elección de los miembros a los que se refiere la letra e) del apartado 2 del artículo 11.