Disposición transitoria primera. Vigencia de determinadas normas reglamentarias.
Disposición transitoria primera de la Ley 3/2022, de 29 de marzo, reguladora del juego y las apuestas de La Rioja y de la prevención del juego problemático y patológico. · BOE-A-2022-6677
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-31.
Texto consolidado
En tanto el Gobierno de La Rioja no haga uso de las facultades reglamentarias que le otorga la presente ley, se aplicarán las disposiciones generales dictadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja en todo lo que no se opongan a esta ley.
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